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Caso de pensión alimenticia salpica a SEGOB; director no quiere responder por sus hijos

Quienes hicieron públicos estos señalamientos sostienen que dicha actuación estaría relacionada con un conflicto por la pensión alimenticia de un menor de edad.

Un asunto de carácter familiar terminó por colocar bajo los reflectores a la Secretaría de Gobierno de Tlaxcala. En las últimas horas comenzaron a circular señalamientos que involucran a funcionarios de la dependencia en un procedimiento judicial relacionado con una pensión alimenticia, situación que ha generado diversas reacciones por tratarse de servidores públicos en funciones.

En la información difundida se menciona al director administrativo de la Secretaría de Gobierno, Tirso Arturo Bello, así como al titular de la dependencia, Luis Antonio Ramírez Hernández. Los señalamientos apuntan a una presunta intervención institucional dentro de un juicio de alimentos que se tramita en el Juzgado Segundo de lo Familiar del Distrito Judicial de Cuauhtémoc.

De acuerdo con la versión que circula, el procedimiento habría sido promovido a favor del padre del funcionario con apoyo de la Defensoría Pública del Estado, dentro del expediente 344. Quienes hicieron públicos estos señalamientos sostienen que dicha actuación estaría relacionada con un conflicto por la pensión alimenticia de un menor de edad.

Hasta ahora, no existe una resolución judicial que confirme los hechos expuestos ni un pronunciamiento oficial que aclare el alcance del procedimiento, por lo que el caso continúa dentro del ámbito de las autoridades competentes.

El tema ha llamado la atención debido a que involucra a una dependencia estatal y a funcionarios públicos, además de tratarse de un asunto vinculado con obligaciones alimentarias, materia en la que la legislación mexicana establece la protección del interés superior de niñas, niños y adolescentes.

Los juicios de alimentos tienen como finalidad garantizar el bienestar de los menores de edad y que cualquier controversia relacionada con estos procedimientos debe resolverse por la vía judicial, con base en las pruebas que presenten las partes.

Mientras tanto, el caso permanece sin una postura pública por parte de la Secretaría de Gobierno, de la Defensoría Pública del Estado o de los funcionarios mencionados y será el desarrollo del procedimiento judicial y, en su caso, las autoridades competentes quienes determinen el alcance de los señalamientos y las resoluciones que correspondan conforme a derecho.

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